Formación Profesional Dual
La Formación Dual es aquella que posibilita compaginar estudio y trabajo, a través de un proceso de formación definido e impartido entre centro formativo y empresa, y mediante una relación laboral entre la empresa y el estudiante-trabajador.
Este modelo de Formación en Alternancia traslada partes de los procesos de aprendizaje a las empresas, convirtiendo a éstas en agentes determinantes del proceso de aprendizaje del alumnado. Permite engarzar la formación en centros de estudio y en centros de trabajo, integrando mejor las competencias técnicas y trasversales o sociales. Facilita, paralelamente, oportunidades de formación y trabajo a los jóvenes, pero también garantiza a las empresas, en el corto y largo plazo, el personal necesario y con las cualificaciones precisas para cubrir las necesidades del sistema productivo.
Formación Dual
La Formación Dual es el nuevo modelo de Formación Profesional en Alternancia, que va a posibilitar la obtención de un ciclo formativo o certificado de profesionalidad, compaginando estudio y trabajo: CONFEBASK está trabajando junto al Gobierno Vasco y los Centros Formativos en este modelo, que tiene como principales características, las siguientes:
- Es un programa flexible y adaptado a las necesidades de las empresas: la empresa define junto con el centro el Plan Formativo, pudiendo incluir formación específica al margen de la establecida en la titulación del estudiante-trabajador.
- El alumnado participante en el programa estará inscrito en Lanbide y cursará en alternacia el segundo curso del Ciclo Formativo.
- La empresa suscribirá un Contrato Laboral para la Formación y el Aprendizaje (75% de las horas del convenio con su retribución correspondiente y duración anual, de junio a junio) o bien una beca (entre el 40% y el 75% de la jornada fijada por el convenio y una duración mínima de 800 horas al año por un máximo de 3 años).
- Con el objetivo de ayudar a la empresa por la dedicación del Instructor a la formación del estudiante-trabajador, se establece una ayuda de 2000 € por contrato y año. Este importe lo pagará Lanbide.
- La empresa tendrá derecho a los beneficios propios establecidos para el Contrato de Formación y Aprendizaje, como la supresión o reducción de la cotización a la seguridad social, en función del tamaño de la empresa.
- El trabajo realizado por el alumno en la empresa debe estar estrechamente relacionado con su perfil profesional.
- El alumnado que participe en el programa está exento del módulo de FCT.
- La evaluación se comparte entre el centro y la empresa.
Contrato |
Beca |
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EDAD DEL ALUMNO | Menores de 30 años | Cualquier edad |
DURACIÓN | 1 año (de junio a junio) | Mínima de 800 horas anuales y máxima de 3 años |
JORNADA LABORAL | El 75% de la jornada fijada por el convenio | Entre el 40% y el 75% de la jornada fijada por el convenio |
RETRIBUCIÓN | Lo fijado por el convenio no pudiendo ser inferior al SMI (648,60 para el 2015), en proporción a la jornada trabajada | El SMI por el tiempo de trabajo efectivo, nunca inferior al 60% del SMI |
SUBVENCIONES | Bonificación del 100% de la Seguridad Social para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas con más de 250 trabajadores | No hay bonificaciones y la empresa deberá cotizar a la SS (importe unos 41 euros al mes). El Gobierno Vasco suscribirá un seguro complementario de accidente y de responsabilidad. |
2000 euros de subvención a cargo de Lanbide | ||
1500 euros para hombres y 1800 para mujeres, de bonificación a la SS en caso de contratación posterior del alumno | ||
FTC | El alumno será exento del módulo de FCT | El alumno se considera que ha cursado la FCT |
FORMALIZACIÓN | Contrato de formación y aprendizaje, a presentar en Lanbide con la firma del alumno y del centro educativo | Convenio de colaboración empresa-alumno-centro formativo |